Consejo de las Personas Consumidoras de Cataluña
Espacio estable de participación
Sobre este consejo de participación
Órgano de representación y consulta de las asociaciones de personas consumidoras y usuarias.
Funciones:
a) Estudiar y proponer actuaciones a llevar a cabo en el ámbito de la defensa de las persones consumidoras y usuarias y de la protección de la seguridad, la salud y los intereses económicos.
b) Asesorar, informar y servir como órgano consultivo de la Generalitat de Cataluña en todas las cuestiones relativas a la protección de las persones consumidoras y usuarias.
c) Fomentar el diálogo permanente y proponer acuerdos entre las administraciones y los sectores interesados, mediante las organizaciones representadas.
d) Conocer e informar sobre proyectos de disposiciones generales que afecten a las persones consumidoras y usuarias.
e) Elaborar los informes que le sean solicitados y las propuestas de regulación de normativa.
f) Estudiar las medidas encaminadas en la información y la formación de la ciudadanía en todos los procesos productivos y de servicio que afectan a las persones consumidoras y usuarias.
g) Proponer los representantes de los consumidores a los diferentes consejos y comisiones de la Generalitat de Cataluña y otras administraciones.
h) Conocer las estadísticas y los informes que se elaboran en el ámbito del consumo.
i) Informar y orientar sobre medidas de control y mejora en las prácticas de los diferentes agentes que actúan en el marco de las relaciones de consumo.
j) Proponer y llevar a cabo acciones encaminadas a la coordinación entre las diferentes asociaciones que forman parte del Consejo y con asociaciones estatales e internacionales.
k) Asesorar sobre cualquier otra cuestión que le sea encomendada por el/la Presidente/a del Consejo.
Composición del Pleno:
Presidente: Consejero de Empresa y Conocimiento.
Vicepresidente primero: director/a de la Agencia Catalana del Consumo.
Vicepresidenta segunda: presidenta de la CUS, Coordinadora de Usuarios de la Sanidad, Salud, Consumo y Alimentación
Vocales: una persona en representación de cada una de las asociaciones constituidas de acuerdo con el artículo 127.2 de la Ley 22/2010, del 20 de julio, del Código de Consumo de Cataluña, y debidamente inscritas al Registro de organizaciones de personas consumidoras y usuarias de Cataluña.
Composición de la Comisión Permanente:
Presidente, que puede delegar la presidencia: consejero de empresa y Conocimiento.
Vicepresidente primero: director/a de la Agencia Catalana del Consumo.
Vicepresidenta segunda: presidenta de la CUS, Coordinadora de Usuarios de la Sanidad, Salud, Consumo y Alimentación.
Vocales: una persona en representación de cada una de las asociaciones de las persones consumidoras y usuarias más representativas según la normativa vigente, quitado la que ocupe la vicepresidencia segunda.
Miembros:
» Matilde Torralba Navío, Asociación de Consumidores de la provincia de Barcelona (ACPB)
» Jordi Tarruella y Mellado, Asociación de Impositores de bancos y cajas de ahorro de Cataluña (AICEC)
» Anna Tardío, Organización de Consumidores y Usuarias de Cataluña (OCUC)
» Jose Luis Nueno, FACUA, Consumidores en Acción
» Noemí Mascaraque Achón, Federación Unión Cívica de Consumidores y Amas de casa de Cataluña (UNAE)
» Salvador Domínguez Rodríguez, Unión de Consumidores de Cataluña (UCC)
Normativa:
- Ley 22/2010, del Código de consumo de Cataluña (artículo 127).
- Decreto 46/2005, de 22 de marzo, por el cual se crea el Consejo de las Persones Consumidoras de Cataluña
Departamento de adscripción: Empresa y Conocimiento
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