Consejo Asesor de espectaculos públicos y actividades recreativas
Espacio estable de participación
Sobre este consejo de participación
Órgano colegiado consultivo y asesor que facilita la participación de ciudadanos y sectores interesados en las materias objeto de la normativa reguladora de espectáculos y actividades recreativas.
Funciones:
a) Informar, con carácter preceptivo y, previamente a su aprobación, de los proyectos de reglamentos que elabore la Generalitat para el despliegue y la aplicación de la Ley 11/2009, de 6 de julio. Del contenido de la sesión se tiene que hacer un informe de resultados con las aportaciones y los argumentos a favor y en contra.
b) Informar respecto de los proyectos de ordenanza municipal sobre materias reguladas por la Ley 11/2009, de 6 de julio, que acuerden someter los Ayuntamientos. Del contenido de la sesión se hará un informe de resultados con las aportaciones y argumentos a favor y en contra, para entregar al ayuntamiento correspondiente.
c) Informar sobre cualquier otro proyecto de disposición que le sea sometido en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.
d) Hacer recomendaciones, estudios y propuestas para mejorar la actuación de las administraciones públicas y de los sectores económicos y sociales en esta materia, introduciendo, siempre que el objeto así lo permita, el análisis de estas situaciones, desde la perspectiva de género y de las mujeres.
e) Otras tareas que le encomiende la legislación vigente.
Composición:
A) Presidencia (la persona titular del Departamento).
B) Vicepresidencia (persona titular de la DG de Administración de Seguridad).
C) En representación de los departamentos de la Generalitat: 11 vocales (2 por el Departamento y 1 por el Depto. de la Presidencia, Política Territorial y Obras Públicas, Trabajo e Industria, Comercio Turismo y Consumo, Cultura, Salud, Medio ambiente, Bienestar y Familia, y Economía y Finanzas).
D) Un representante del Instituto Catalán del Consumo.
E) 3 vocales en representación de las corporaciones municipales.
F) 2 representantes de los consejos comarcales.
G) En representación de los sectores interesados:
1 vocal de las asociaciones de empresarios de espectáculos, actividades recreativas y locales de concurrencia pública.
1 vocal en representación de las asociaciones sindicales.
1 vocal en representación de las asociaciones de consumidores y usuarios.
H) Secretaría.
Normativa:
Ley 11/2009, de 6 de julio, de regulación administrativa de los espectáculos públicos y las actividades recreativas.
Decreto 112/2010, de 31 de agosto, por el cual se aprueba el reglamento de espectáculos públicos y actividades recreativas.
Departamento de adscripción: Interior
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